La ley es un arte, no ciencia y los colores pueden variar de pincelada a pincelada

INDEMNIZACION ACCIDENTE AEREO

Como ya hemos comentado en otra ocasión, este despacho es el pionero en España en obtener sentencias (en concreto 3) donde se reconoce a las víctimas de un accidente aéreo una indemnización sobreañadida a la escasamente prevista en la ley de navegación aérea.
En efecto, si la Ley de Navegación establece una indemnización en función de valores denominados derechos reales de giro (actualizados anualmente), los Juzgados de Málaga y la Audiencia Provincial de esta ciudad, en varias ocasiones, han duplicado e incluso triplicado la indemnización, complementándola con la que ofrece la propia Ley de Contratos de Seguro, incluyendo en ésta los intereses moratorios.
En la actualidad NO EXISTE más jurisprudencia al respecto que la que se he conseguido a través de este despacho a raíz de los procedimientos iniciados a causa del accidente del año 2001 en Málaga.

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