La ley es un arte, no ciencia y los colores pueden variar de pincelada a pincelada

¿Qué hacer en caso de accidente?

¿Qué es lo primero que debemos hacer tras un accidente?

Lo primero que debemos hacer es no perder la calma, ya que ello no conduce a nada y, pelearse por la culpa de un accidente no conlleva a nada, para eso están los abogados y las Compañías de Seguro.

¿Se ha de firma un parte amistoso o llamar a la policía?

Si la culpa del accidente está clara y el contrario nos reconoce su culpa, basta con firmar el parte. De lo contrario es preferible llamar a la policía: Guardia Civil si es en la Carretera o Policía Local si es en núcleo urbano.

¿Como se rellena el parte?

Es importante rellenar todos los cuadros existentes en estos documentos, sobre todo los datos del contrario como matrícula y aseguradora. Es fundamental además rellenar el cuadro del centro donde se indica la causa del siniestro, el recuadro de los daños en cada vehículo y elaborar un pequeño dibujo o croquis sobre el mismo. También es importante darle la vuelta al folio, ya que por detrás se contienen datos importantes: Nombre de los lesionados no conductores, daños ocasionados tras el siniestro: ropa, gafas, relojes,…

¿Qué se le dice a la policía?

Como ha sido el accidente, el nombre de los testigos que se tenga y, en general se deberá exigir que reflejen los daños de los vehículos y los daños personales.

¿Qué debo hacer o decir en el hospital?

Lo primero y más importante es manifestar todas las dolencias que hemos tenido y exigir tanto que se nos examine y realicen todas las pruebas que correspondan, como también, y mas importante, que se reflejen en el parte de alta, todas y cada una de las dolencias que hemos indicado previamente. Es decir, si nos duele la lumbar y también la cervical, debemos exigir que el parte refleje estas dos dolencias, pues de lo contrario nos encontraríamos con un gran problema a la hora de exigir una indemnización por ambas. El parte de Alta es la base de la futura indemnización.

¿Y si aparece un nuevo dolor dentro de los días siguientes al siniestro?

Es muy importante volver al mismo centro de Salud  Hospital donde nos han atendido para que nos realicen una exploración nueva y que reflejen en otro parte esta nueva dolencia, ya que de lo contrario no podremos exigir indemnización por ella.

¿Qué hacer después?

Una vez podamos valernos por nosotros mismos, acudiremos de urgencia a un abogado privado especialista en accidentes de tráfico, para que nos gestione todo.

¿Y un abogado privado consigue mayor indemnización?

Por supuesto. Tenemos numerosísimos ejemplos donde la Compañía Ofrecía inicialmente una cantidad y al final se ha conseguido multiplicarla.
Pero si todo está legislado, la cuantía de indemnización puede consultarse por Internet, ¿Cómo pueden engañarnos? En primer lugar nadie puede saber lo que le corresponde sin una pericial médica ya que las Tablas de Indemnización exigen conocimientos médicos. Esto quiere decir que, si nos dejamos guiar por la Compañía (ya sea la nuestra o la contraria), al final, quien determinan los puntos de secuela y días de baja va a ser el perito médico de la propia Compañía de Seguros y que tendrá más en cuenta a ésta que al lesionado, partiendo de mínimos días de curación y de secuelas en grado mínimo.

¿Y el abogado privado, donde obtiene la pericial?

Si es de TEMBOURY ABOGADOS cuenta con gabinetes médicos, centros de rehabilitación, psicólogos y, sobre todo, peritos médicos privados,; y todo ello para conseguir una curación completa sin secuelas, obtener mas pruebas para reflejar todas las dolencias que hemos padecido, valorarlas al máximo dentro de las horquillas legales y, sobre todo, no saltarse ninguno de los conceptos indemnizatorios posibles, reflejando además de las molestias y sufrimientos padecidos, los gastos, los perjuicios económicos que se nos producen y las futuras incapacidades que padeceremos en nuestra vida, conceptos éstos que no valoran las Compañías y que suponen la mayor parte de la indemnización. Nuestros médicos y abogados están especializados únicamente en esto, por lo que con total seguridad vamos a obtener mejor resultado que otros.

¿Y como se pagan los abogados y los médicos de éstos?

Muy sencillo: al final y cuando se obtenga la indemnización.

¿Y cuales son sus honorarios?

Un porcentaje de lo que cobre el cliente, que será pactado con el letrado con ello se garantiza el cobro de la mejor indemnización posible.
Total que al final, el cliente solo abona el porcentaje establecido y ya está, por lo que sale ganando: Sobre todo estará mejor asesorado. A título de ejemplo: Si vas directamente a la Compañía y consigues 1000 euros no es lo mismo que si el abogado te consigue 10.000, ya que de esta última manera, tras pagar al letrado, vas a obtener 8.000.  No obstante esta suma puede ser recuperada después por el cliente si tiene contratado además en su póliza la “Defensa Jurídica”.

¿En que consiste esto?

En las condiciones particulares se establece el pago de abogados designado “libremente” por el asegurado. En este caso el abogado de TEMBOURY ABOGADOS le realiza una factura y se la reclama gratuitamente a la Compañía en su nombre.
Para hacerme una idea, cuanto tarda el cliente en cobrar su indemnización. Tratamos de ser lo más rápido posible. Sin embargo dependemos de los Juzgado. No obstante se suelen alcanzar acuerdos con las Compañías de Seguro en un 60% de las ocasiones evitando el juicio. Hay que recordar que a las Compañías no les interesa, la mayor parte de las veces, que el lesionado llegue a los Tribunales, ni que el proceso se alargue por los intereses.
Con respecto a  esto último. ¿En que consisten los intereses? La ley castiga a las Compañías de Seguro con mayor severidad que a otros. El motivo es bien sencillo: El lesionado necesita una inyección económica por los perjuicios que se van produciendo tras el accidente: Gastos, por ejemplo. Por eso el interés legal se incrementa desde el momento del accidente hasta el segundo año.

¿Qué pasa a partir del segundo año?

Entonces el interés se multiplica. Se condena al 20% anual. Lo que puede ser un pellizco grandísimo para la compañía a favor del cliente. El interés es un concepto que las Compañías ocultan también al asegurado, al igual que el factor corrector.

¿En qué consiste este último?

Es un porcentaje extra que la compañía ha da abonar simplemente si el lesionado está en edad laboral (aunque no justifique ingresos), es decir, de 16 a 65 años. Esto también se lo callan las Compañías.