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	<title>Temboury Abogados &#124; Abogado accidente de tráfico · Abogado Negligencias Medicas · Abogado Caídas en la Calle · Abogado Accidente Laboral · Pensiones de invalidez</title>
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	<description>La ley es un arte, no ciencia y los colores pueden variar de pincelada a pincelada</description>
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		<title>JUICIO POR ACCIDENTE DE FINLANDESES</title>
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		<pubDate>Mon, 23 Jan 2012 09:26:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
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		<description><![CDATA[DIARIO SUR MÁLAGA Comienza el juicio por el accidente en el que murieron nueve finlandeses La Audiencia Provincial acoge desde hoy el proceso contra el conductor cuyo todoterreno colisionó contra un autobús en Benalmádena y que se enfrenta a una petición fiscal de cuatro años de cárcel 19.01.12 - 08:18 - SUR.ES &#124; MÁLAGA Imprimir Enviar Rectificar [...]]]></description>
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<div id="story-antetitulo">DIARIO SUR MÁLAGA</div>
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<h1><a href="http://www.diariosur.es/20120119/local/malaga/comienza-juicio-accidente-murieron-201201182318.html" target="_self"><span style="color: #000000;">Comienza el juicio por el accidente en el que murieron nueve finlandeses</span></a></h1>
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<div id="story-subtitulo">La Audiencia Provincial acoge desde hoy el proceso contra el conductor cuyo todoterreno colisionó contra un autobús en Benalmádena y que se enfrenta a una petición fiscal de cuatro años de cárcel</div>
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<div>19.01.12 - 08:18 -</p>
<div>SUR.ES | MÁLAGA</div>
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<div id="foto-1"><img id="U2627124008433ME" src="http://www.diariosur.es/noticias/201201/19/Media/finlandeses647.jpg" alt="Comienza el juicio por el accidente en el que murieron nueve finlandeses" width="647" height="300" /></p>
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<div>El accidente, ocurrido el 19 de abril de 2008, se saldó con la muerte de nueve personas. / Reuters</div>
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<div><span style="color: #000000;"><a href="http://www.diariosur.es/20080420/malaga/nueve-muertos-accidente-benalmadena-20080420.html">Ocurrió el 19 de abril de 2008</a> en la AP-7 a su paso por Benalmádena y el caso llega hoy a juicio. La Audiencia Provincial de Málaga es el escenario del juicio contra el conductor del todoterreno que <a href="http://www.diariosur.es/multimedia/fotos/13082.html">colisionó con un autobús de turistas finlandeses</a> y que dejó un trágico saldo de nueve fallecidos y 31 heridos. En concreto, será el <a href="http://www.diariosur.es/20110918/local/costadelsol/remiten-causa-accidente-autobus-201109181527.html">Juzgado de lo Penal número 9 </a>de Málaga el que se encargue de dilucidar hasta dónde llega la responsabilidad del acusado: <a href="http://www.diariosur.es/v/20110618/malaga/piden-cuatro-anos-acusado-20110618.html">el fiscal pide para él cuatro años de cárcel</a>, mientras que su defensa ha solicitado que se le imponga una pena de 6 meses de prisión por un delito contra la seguridad vial.</span></div>
<div>En la vista oral también estará presente el abogado de la acusación particular, que ejerce el abogado Manuel Temboury, quien coincide con el fiscal a la hora de pedir, además de la pena de prisión, la privación durante seis años del derecho de conducir vehículos a motor. El conductor está acusado además de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, conducción temeraria, nueve delitos de homicidio por imprudencia grave y 26 de lesiones por imprudencia grave así como otro delito de daños, pero éste solo consta en el escrito de acusación particular.</div>
<div>En el caso de la defensa, considera que los hechos constituyen un delito contra la seguridad vial, por el que solicita para su cliente <a href="http://www.diariosur.es/v/20110815/malaga/causante-accidente-nueve-finlandeses-20110815.html">una pena de seis meses de prisión</a> y retirada del carné de conducir durante un año y seis meses. Señala que había consumido en una fiesta familiar «alguna bebida alcohólica», pero «sin que conste que incidiera en la conducción» en cuanto a mermar sus facultades.</div>
<div id="U262135165314XtD">Así ocurrió el accidente</div>
<div>El accidente ocurrió sobre las 19.30 horas cuando el turismo circulaba por la A-7 y se salió de la vía por el margen izquierdo, chocó con la barrera metálica y salió proyectado hacia el interior de la calzada, tras lo cual colisionó en el carril derecho con la parte posterior izquierda del autobús. A consecuencia del impacto, el autobús volcó sobre su costado derecho e <a href="http://www.diariosur.es/20080907/malaga/guardia-civil-afirma-quitamiedos-20080907.html">impactó contra la barrera metálica</a>, mientras que el todoterreno se salió de la vía por el margen derecho hasta quedar en una zona de arbolado y tierra.</div>
<div>Según las acusaciones, el joven <a href="http://www.diariosur.es/20080906/local/costadelsol/ratifican-exceso-velocidad-alcohol-200809061404.html">dio positivo en las pruebas de alcoholemia</a> y circulaba a una <a href="http://www.diariosur.es/20080514/malaga/guardia-civil-concluye-conductor-20080514.html">velocidad «inadecuada»</a>.</div>
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		<title>INDEMNIZACION POR CULPA EN LA VIGILANCIA DEL SAS</title>
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		<pubDate>Tue, 27 Dec 2011 08:01:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
				<category><![CDATA[abogado]]></category>
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		<description><![CDATA[MÁLAGA El SAS deberá pagar por las lesiones que provocó un enfermo mental al suicidarse El paciente, que se escapó del pabellón en que estaba ingresado, cayó desde un noveno piso sobre la víctima que se encontraba en un bar 27.12.11 - 01:36 -&#160; SUR &#124; MÁLAGA. Imprimir Enviar Rectificar 1 voto2 votos3 votos4 votos5 votos 0 [...]]]></description>
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<div id="story-antetitulo">MÁLAGA</div>
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<h1><a href="http://www.diariosur.es/v/20111227/malaga/debera-pagar-lesiones-provoco-20111227.html" target="_self">El SAS deberá pagar por las lesiones que provocó un enfermo mental al suicidarse</a></h1>
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<div id="story-subtitulo">El paciente, que se escapó del pabellón en que estaba ingresado, cayó desde un noveno piso sobre la víctima que se encontraba en un bar</div>
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<div>27.12.11 - 01:36 -&nbsp;</p>
<div>SUR | MÁLAGA.</div>
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<div>La sentencia reconoce la falta de diligencia por parte de Salud en la custodia del paciente</div>
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<div id="story-texto">
<div>Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar 65.500 euros, más intereses, que deberá abonar una aseguradora, a un hombre que sufrió lesiones tras caerle encima un enfermo mental que se tiró desde un noveno piso, tras fugarse. El órgano judicial estima que se debió explicar cómo se produjo la fuga, por lo que determina que hay «falta de prueba sobre la diligencia en la custodia».</div>
<div>Así, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Sevilla ha estimado el recurso presentado contra la resolución del SAS en la que se desestimó la reclamación del perjudicado, representado por el letrado y presidente de la Asociación de Abogados de Víctimas de Responsabilidad Civil (Adevi), Manuel Temboury; estimando, asimismo, la demanda interpuesta y la indemnización pedida en ésta.</div>
<div>Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los hechos sucedieron en junio de 2003 cuando el perjudicado estaba en un bar de Málaga y sufrió lesiones como consecuencia de caer sobre él un paciente psiquiátrico que se había escapado del pabellón en el que estaba ingresado y que se quería quitar la vida arrojándose al vacío desde un piso noveno.</div>
<div>Así, la representación del afectado presentó una reclamación, que fue desestimada, decisión posteriormente impugnada, al considerar que lo ocurrido fue a causa «de un defecto de cuidado del paciente», considerando que existía culpa en el SAS por no vigilarlo. Frente a esto, la administración argumentó que las medidas eran las adecuadas y que el paciente aprovechó las horas de visita para huir.</div>
<div><strong>Resolución que no es firme</strong></div>
<div>El juez señala en su resolución, que no es firme, que se parte de dos hechos no discutidos, como es que el perjudicado sufrió lesiones que tardaron en curar 552 días, de los que 27 estuvo impedido; y que ello fue «debido a haber caído sobre él un paciente fugado de un centro psiquiátrico que ponía fin a su vida arrojándose desde un noveno piso».</div>
<div>Por tanto, se explica que las divergencias están en la relación entre la fuga y la actuación de la administración y sobre el hecho de que concurriese falta de diligencia en este organismo. Para el juzgador, es «evidente que la falta en la custodia del paciente determinó que éste, al poner fin a su vida, tuviese la ocasión de causar lesiones» al demandante.</div>
<div>Se apunta que «máxime» en un caso como éste, destacando que la persona que causa materialmente el daño es «un sujeto con su capacidad intelectiva mermada». «El riesgo de encontrarse libre de toda traba esa persona no debe ser asumido por el general de los ciudadanos, por más que en la huida pueda haber intervenido en mayor o menor grado la voluntad y capacidad de esta persona», se indica.</div>
<div><strong>Falta de justificación</strong></div>
<div>Asimismo, en la sentencia se especifica que es la administración a la que «compete acreditar» que la fuga fue debida a causa ajena a su proceder «pues en principio se ha de presumir un fallo en los medios de custodia» y señala que en este punto el organismo «se limita» a afirmar «sin más justificación» que existía un vallado y que la huida se produjo en horario de visitas.</div>
<div>En este sentido, se precisa que el perjudicado no es el que tiene que probar la insuficiencia de las medidas de vigilancia «la cual ya consta por el simple resultado de la fuga», sino que se incide en que es la administración «la que debió justificar lo extraordinario de esta fuga, sea por los medios, sea por el momento en que la misma se dio». «Tal justificación no se da», apostilla la sentencia.</div>
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		<title>A diez años de la catástrofe</title>
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		<pubDate>Wed, 31 Aug 2011 10:27:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Accidente Aéreo]]></category>
		<category><![CDATA[abogado accidente]]></category>
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		<category><![CDATA[accidente de avión]]></category>
		<category><![CDATA[Asociación de Abogados de Víctimas]]></category>
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		<category><![CDATA[manuel temboury]]></category>
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		<description><![CDATA[La cabeza del avión sobre el precipicio de la 340. Cuerpos doloridos, lamentos. Las compuertas atascadas. Un río de gasolina bajando por la ventana. El humo y el fuego. La historia de la aviación nunca olvidará esa llegada a Málaga. Fue el 29 de agosto de 2001, unas semanas antes del atentado de las Torres [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La cabeza del <strong>avión </strong>sobre el precipicio de la 340. Cuerpos doloridos, lamentos. Las compuertas atascadas. Un río de gasolina bajando por la ventana. El humo y el fuego. La historia de la aviación nunca olvidará esa llegada a Málaga. Fue el 29 de agosto de 2001, unas semanas antes del atentado de las Torres Gemelas. El avión CN-235 de la compañía Binter, que cubría la ruta con Melilla, se precipitó como un misil contra el suelo. Murieron cuatro personas, veintiséis resultaron heridas.</p>
<p>La nave quedó a apenas doscientos metros de la pista de emergencia. Los pilotos aherrojados en la cabina. El morro hecho trizas. <strong>Manuel Temboury</strong>, abogado de doce de los pasajeros, además de la azafata y de la familia del comandante, habla de gritos, confusión, llamas. La certeza de que la máquina enfilaba la tierra. Otros ponen sobre la escena el manual de alarma, la voz del auxiliar Luis Checa preguntando por el estado de los supervivientes.</p>
<p>En siete segundos la<strong> caja negra </strong>pasó de registrar la preparación del <strong>aterrizaje </strong>a los movimientos a la desesperada. De la última comunicación con la torre de control de Málaga, en la que se daba cuenta de una llegada anormal, aunque protocolaria y moderadamente segura, a las palabras finales del piloto Mariano Hernández Ruano. Éste, según <strong>Temboury</strong>, fue el héroe de la catástrofe. En el último momento, maniobró para reconducir el <strong>avión </strong>y dejar que la cabina parapetase el golpe, lo que salvó a la mayor parte del pasaje. «La entrada le costó la vida, pero evitó el <strong>choque frontal</strong> en la parte de los viajeros», señala.</p>
<p>Diez años después del <strong>accidente </strong>persisten pocas dudas. La argucia del piloto redirigió el <strong>impacto </strong>hacia los primeros puestos de la nave. Los tres pasajeros fallecidos, Emilio Martínez Plaza, de 67 años, Mohamed Uassani, de 46, y Hervé Troadec, de 41, ocupaban las plazas situadas justamente detrás de la cabina de tripulantes.</p>
<p>En los días posteriores al siniestro se desató la alarma. Hubo escenas de pánico en los aeropuertos. Se dijo que los recursos destinados a Melilla eran insuficientes. Surgió la polémica sobre el modelo del <strong>avión</strong>, criticado, incluso, por los dirigentes de la Ciudad Autónoma. Hoy se sabe que no fue un fallo mecánico. «El avión fue seguro. No tuvo nada que ver», comenta <strong>Temboury.</strong></p>
<p>La secuencia se esclarece en el informe de Aviación Civil. Veintinueve minutos después del despegue, a pocas millas de Málaga, el sistema alerta de un supuesto incendio en uno de los motores. Luis Checa, piloto experimentado, aunque eventualmente enrolado en el vuelo en las funciones de segundo de abordo, hace lo que se exige en estos casos. Desconecta el aparato y activa el mecanismo de respuesta. Sin embargo, se equivoca con el líquido de extinción, que rocía sin querer el segundo motor del aparato. Mariano lo advierte justo cuando requiere propulsión, el tiempo se agota y no hay nada que puede procurar la fuerza necesaria para estabilizar la nave en el aterrizaje.</p>
<p>«Me has parado los dos motores. ¡Me has parado los dos!», exclamó el comandante. El <strong>avión</strong>, recuerda <strong>Temboury</strong>, dispone de funciones para limpiar el motor rápidamente. Un minuto antes el error podía haber sido subsanado. Pero era demasiado tarde. Luis Checa, el copiloto, murió dos años después, víctima de un cáncer. La responsablidad de la catástrofe descansó judicialmente en la decisión de la compañía, que se valió de un piloto para cubrir las funciones de copilotaje, más vinculadas a la emergencia. El Binter y su cabeza colean aún en Málaga.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><strong>La tragedia del hombre a los mandos</strong></p>
<p style="text-align: left;">Dos años después del <strong>accidente</strong>, Luis Checa, piloto con más de tres  décadas de experiencia, aparecía dibujado en las crónicas como un hombre  deshecho, triturado. El <strong>siniestro </strong>le había sumido en una depresión  agravada por la muerte de su esposa, que se había producido unos meses  antes del viaje con el Binter.</p>
<p>El comandante, natural de Aragón,  se refugió parcialmente en su casa de Benalmádena, en la que pasaba  buena parte del año. Murió en 2003, víctima del cáncer. El <strong>accidente </strong>le  dejó heridas graves. Mariano Hernández Ruano, el <strong>piloto</strong>, que viajaba a  su lado, murió en el acto. Él estuvo a punto de perder la vista. Salió  de la nave con lesiones. Se dio de baja. Dicen que lo primero que acertó  a preguntar fue por el estado del resto del pasaje. El hombre que se  ocupó de la emergencia no era un novato de la aviación. Acumulaba casi  8.000 horas del vuelo. Treinta años de pilotaje. Fue incapaz de recordar  lo sucedido en su comparecencia ante el juez.<br />
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		<title>La familia de una fallecida al no detectarle un embarazo ectópico pide 123.000 euros</title>
		<link>http://temboury.es/negligencia-medica/la-familia-de-una-fallecida-al-no-detectarle-un-embarazo-ectopico-pide-123-000-euros/</link>
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:51:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Negligencia Medica]]></category>
		<category><![CDATA[abogado málaga]]></category>
		<category><![CDATA[Asociación de Abogados de Víctimas]]></category>
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		<category><![CDATA[indemnizacion]]></category>

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		<description><![CDATA[Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en Benalmádena cuando tenía un embarazo ectópico que no le fue detectado al acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado una indemnización superior a 123.000 euros por una supuesta negligencia médica. La representación del que era su novio y los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="tamano">
<p>Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en  Benalmádena cuando tenía un embarazo ectópico que no le fue detectado al  acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado  una indemnización superior a 123.000 euros por una supuesta negligencia  médica.</p>
<p>La representación del que era su novio y los padres de la joven, que  ejerce el abogado Manuel Temboury, ha formulado demanda de juicio  ordinario<strong> contra la entidad Zurich,</strong> con la que el  Servicio Andaluz de Salud (SAS) tiene concertada una póliza de  responsabilidad civil, documentación a la que ha tenido acceso Efe.</p>
<p>La mujer, de nacionalidad paraguaya y que trabajaba desde marzo de  2008 en España como cuidadora, acudió al mencionado hospital el 5 de  septiembre de 2010 <strong>con dolor abdominal intenso y vómitos persistentes. </strong></p>
<p>Comunicó que <strong>en 2003 había sufrido un embarazo ectópico</strong> que fue resuelto con aborto en su país de origen, según consta en el informe de urgencias.</p>
<p>En el centro se le realizaron varias pruebas, entre ellas una  analítica y un test de embarazo en orina que resultó positivo, si bien<strong> no se le efectuaron pruebas complementarias</strong> como una ecografía, señala el letrado, que preside la Asociación de Abogados de Víctimas (ADEVI).</p>
<p>La joven fue dada de alta con el <strong>diagnóstico de infección urinaria,</strong> &#8220;poco compatible con la clínica de la paciente y en base a una  analítica poco concluyente&#8221;, y falleció el 7 de septiembre en su  domicilio por choque hipovolémico tras sufrir una rotura tubárica,  indica el informe de autopsia.</p>
<p>En la demanda se destacan como deficiencias sanitarias por parte del  SAS la falta de comunicación entre el facultativo de guardia y el  servicio de Ginecología y de pruebas complementarias que hubieran  detectado el problema, el error al diagnosticar infección de orina, y <strong>la actitud terapéutica inadecuada al darle el alta en dicho estado,</strong> con su historial.</p>
<p>Ante esta &#8220;sucesión de errores&#8221;, los demandantes piden una indemnización de 123.288,92 euros, de los que<strong> 105.676,22 euros corresponderían a la pareja</strong> de hecho de la fallecida y 8.806,35 euros a cada uno de los padres.</p>
<p>Temboury argumenta que la pareja tenía una relación consolidada, que  iniciaron a mediados de 2008, estaba embarazada de él y convivían  juntos.</p>
<p>Además, señala que aunque la cuantía de la indemnización se antoja  escasa, tiene su límite legal en el decreto que regula el perjuicio por  fallecidos en tráfico, que entiende que debe aplicarse de manera  analógica a este supuesto.</p>
<p>Fuente: <a title="elmundo" href="http://www.elmundo.es" target="_blank">El Mundo</a></p>
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		<title>Piden 123.000 euros para familia de fallecida al no detectarle embarazo ectópico</title>
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:47:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en Benalmádena cuando tenía un embarazo ectópico que no le fue detectado al acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado una indemnización superior a 123.000 euros por una supuesta negligencia médica. La representación del exnovio y los padres de la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en Benalmádena cuando tenía un<strong> embarazo ectópico</strong> que no le fue detectado al acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado una <strong>indemnización </strong>superior a 123.000 euros por una supuesta <strong>negligencia médica.</strong></p>
<p>La representación del exnovio y los padres de la joven, que ejerce el abogado<strong> Manuel Temboury</strong>, ha formulado demanda de juicio ordinario contra la entidad Zurich, con la que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) tiene concertada una póliza de responsabilidad civil, documentación a la que ha tenido acceso Efe.</p>
<p>La mujer, de nacionalidad paraguaya y que trabajaba desde marzo de 2008 en España como cuidadora, acudió al mencionado hospital el 5 de septiembre de 2010 con dolor abdominal intenso y vómitos persistentes.</p>
<p>Comunicó que en 2003 había sufrido un <strong>embarazo ectópico</strong> que fue resuelto con aborto en su país de origen, según consta en el informe de urgencias.</p>
<p>En el centro se le realizaron varias pruebas, entre ellas una analítica y un test de embarazo en orina que resultó positivo, si bien no se le efectuaron pruebas complementarias como una ecografía, señala el letrado, que preside la<strong> Asociación de Abogados de Víctimas</strong> (ADEVI).</p>
<p>La joven fue dada de alta con el diagnóstico de infección urinaria, &#8220;poco compatible con la clínica de la paciente y en base a una analítica poco concluyente&#8221;, y falleció el 7 de septiembre en su domicilio por choque hipovolémico tras sufrir una rotura tubárica, indica el informe de autopsia.</p>
<p>En la demanda se destacan como deficiencias sanitarias por parte del SAS la falta de comunicación entre el facultativo de guardia y el servicio de Ginecología y de pruebas complementarias que hubieran detectado el problema, el error al diagnosticar infección de orina, y la actitud terapéutica inadecuada al darle el alta en dicho estado, con su historial.</p>
<p>Ante esta &#8220;sucesión de errores&#8221;, los demandantes piden una <strong>indemnización </strong>de 123.288,92 euros, de los que 105.676,22 euros corresponderían a la expareja de hecho de la fallecida y 8.806,35 euros a cada uno de los padres.</p>
<p><strong>Temboury </strong>argumenta que la pareja tenía una relación consolidada, que iniciaron a mediados de 2008, estaba embarazada de él y convivían juntos.</p>
<p>Además, señala que aunque la cuantía de la <strong>indemnización </strong>se antoja escasa, tiene su límite legal en el decreto que regula el perjuicio por fallecidos en tráfico, que entiende que debe aplicarse de manera analógica a este supuesto.</p>
<p>Fuente: <a title="laopiniondemalaga" href="http://www.laopiniondemalaga.es" target="_blank">La Opinión de Málaga</a><br />
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		<title>Piden 123.000 euros al no detectarle un embarazo ectópico</title>
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:39:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en Benalmádena cuando tenía un embarazo ectópico que no le fue detectado al acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado una indemnización superior a 123.000 euros por una supuesta negligencia médica. La representación del exnovio y los padres de la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en Benalmádena cuando tenía un <strong>embarazo ectópico</strong> que no le fue detectado al acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado una <strong>indemnización </strong>superior a 123.000 euros por una supuesta <strong>negligencia médica.</strong></p>
<p>La representación del exnovio y los padres de la joven, que ejerce el abogado<strong> Manuel Temboury,</strong> ha formulado demanda de juicio ordinario contra la entidad Zürich, con la que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) tiene concertada una póliza de <strong>responsabilidad civil,</strong> documentación a la que ha tenido acceso Efe.</p>
<p>La mujer, de nacionalidad paraguaya y que trabajaba desde marzo de 2008 en España como cuidadora, acudió al mencionado hospital el 5 de septiembre de 2010 con dolor abdominal intenso y vómitos persistentes. Comunicó que en 2003 había sufrido un <strong>embarazo ectópico</strong> que fue resuelto con aborto en su país de origen, según consta en el informe de urgencias.</p>
<p>En el centro se le realizaron varias pruebas, entre ellas una analítica y un test de embarazo en orina que resultó positivo, si bien no se le efectuaron pruebas complementarias como una ecografía, señala el letrado, que preside la <strong>Asociación de Abogados de Víctimas</strong> (Adevi). La joven fue dada de alta con el diagnóstico de infección urinaria, &#8220;poco compatible con la clínica de la paciente y en base a una analítica poco concluyente&#8221;, y falleció el 7 de septiembre en su domicilio por choque hipovolémico tras sufrir una rotura tubárica.</p>
<p>Fuente: <a title="malagahoy" href="http://www.malagahoy.es" target="_blank">Málaga Hoy</a><br />
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		<title>Investigan una muerte tras un aumento de pecho</title>
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:33:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Juzgado de Instrucción número 8 de la capital ha admitido a trámite la denuncia interpuesta por Daniel Florido, esposo de Susana Carrillo, una mujer de 34 años que murió al mes y medio de haberse sometido a una operación de aumento de pecho y que pasó por tres centros sanitarios distintos, uno privado y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Juzgado de Instrucción número 8 de la capital ha admitido a trámite la denuncia interpuesta por Daniel Florido, esposo de Susana Carrillo, una mujer de 34 años que murió al mes y medio de haberse sometido a una <strong>operación de aumento de pecho</strong> y que pasó por tres centros sanitarios distintos, uno privado y dos públicos, sin que ninguno pudiera ayudarla. El juez ha abierto <strong>diligencias previas </strong>para determinar si en algún momento del «calvario» sufrido por la joven, como califica los hechos el marido, existió una supuesta negligencia.</p>
<p>El magistrado tuvo por personada a la acusación particular, ejercida por los letrados Manuel Temboury y Fernando Contreras, el 13 de julio de este año, lo que supone el inicio formal de las diligencias previas.</p>
<p>Según consta en la denuncia presentada por Daniel Florido, Susana, con la que tenía dos hijos de 13 y 7 años, respectivamente, decidió someterse a un <strong>aumento de mamas</strong>, lo que se llevó a efecto en una clínica sanitaria de la capital contra la que no se dirige la <strong>acción penal</strong>. Se operó el 3 de marzo de 2011, pero antes advirtió a los facultativos de que estaba «algo resfriada y con mucosidad y una fuerte tos», pero le dijeron, siempre según hace constar Florido en su denuncia, que no tenía importancia. Al día siguiente de la <strong>operación </strong>le dieron el alta y se marchó a casa, pasando el fin de semana con dificultad para respirar y para andar. El lunes 6 de marzo le quitaron el vendaje y le dijeron que todo estaba bien, pero ese día alcanzó los 40 grados de fiebre.</p>
<p>Fue llevada de urgencia por la familia al Clínico Universitario, donde le diagnosticaron una neumonía severa. Estuvo 16 jornadas en la Unidad de Cuidados Intensivos, hasta que pasó a planta. El mismo día que debía recibir el alta «empezó repentinamente a empeorar de nuevo como consecuencia de unas pastillas que le dieron». De hecho, denuncia el marido, le dijeron que si las toleraba se podía ir a casa. A los 40 minutos, le salieron ampollas por todo el cuerpo y presentaba quemaduras de segundo grado, pero se le trasladó al Carlos Haya donde existe una Unidad de Quemados. Según indica la denuncia, «el equipo médico que atendió a Susana en el Clínico reconoció que la misma había sufrido una <strong>reacción alérgica</strong> severa, la cual le produjo quemaduras en toda la piel del cuerpo».</p>
<p>En Carlos Haya le hicieron curas y comenzó a mejorar, pero una mañana su madre la encontró muy decaída. El equipo médico le dijo a la progenitora, siempre según el denunciante: «Parece que el anestesista se había pasado con las dosis de cloruro mórfico que se le suministró para combatir los fuertes dolores que padecía consecuencia de la reacción alérgica que la dejó despellejada». Las enfermeras invitaron a la familia a abandonar el centro, ni siquiera dejaron que se quedara la madre, como pidió la paciente.</p>
<p>En la noche del 10 de abril, llamaron al hospital para ver cómo se encontraba, aunque para entonces ya había sufrido una parada cardiorrespiratoria, falleciendo en la madrugada del 11 de abril.</p>
<p>Los abogados piden en su denuncia que los tres centros implicados remitan al juzgado toda la documentación médica que posean en relación con la <strong>intervención médica </strong>y los posteriores tratamientos, así como que se envíen al órgano los nombres de médicos y enfermeras que la atendieron «al objeto de poder delimitar la responsabilidad penal de cada uno consecuencia de la mala praxis médica». La denuncia fue presentada el 16 de mayo pasado.</p>
<p>Fuente: <a title="laopiniondemalaga" href="http://www.laopiniondemalaga.es" target="_blank">La Opinión de Málaga</a><br />
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		<title>Indemnizarán a un hombre con casi 10.000 euros por caerse con una arqueta mal puesta</title>
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:26:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Caída en la calle]]></category>
		<category><![CDATA[accidente]]></category>
		<category><![CDATA[arqueta]]></category>
		<category><![CDATA[indeminización]]></category>
		<category><![CDATA[manuel temboury]]></category>
		<category><![CDATA[Sevillana Electricidad]]></category>

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		<description><![CDATA[El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga ha estimado íntegramente la demanda que presentó un hombre en la que reclamaba a la empresa Sevillana de Electricidad el pago de casi 10.000 euros por las lesiones sufridas tras caerse con una arqueta que estaba mal colocada, propiedad de dicha compañía, cuando caminaba por una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="tamano">
<p>El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga ha estimado  íntegramente la demanda que presentó un hombre en la que reclamaba a la  empresa Sevillana de Electricidad el pago de casi 10.000 euros por las  lesiones sufridas tras caerse con <strong>una arqueta que estaba mal colocada</strong>, propiedad de dicha compañía, cuando caminaba por una calle de la capital malagueña.</p>
<p>El accidente ocurrió en septiembre de 2009. En la demanda, presentada  bajo la dirección letrada del abogado Manuel Temboury, se explicaba que  el perjudicado iba caminando por la calle Martínez de la Rosa, pisó la  arqueta que se encontraba &#8220;mal colocada y se movía al pisarla&#8221;, cayendo  al suelo y ocasionándose<strong> lesiones en el brazo, que tardaron en curar 58 días.</strong></p>
<p>La compañía demandada alegó que las arquetas, pese a ser de su propiedad, <strong>no les corresponde el mantenimiento, </strong>&#8220;abonando  una tasa por utilización privativa al Ayuntamiento&#8221;, añadiendo que no  existe relación de causalidad y las lesiones y que el propio  comportamiento del afectado &#8220;influyó en las secuelas resultantes&#8221;, según  se señala en la sentencia.</p>
<p>Para el juez, &#8220;pese a que la demandada abone una tasa por la  utilización privativa del dominio público y a que las facultades de  policía las ostenten los ayuntamientos,<strong> no le exime de su deber de vigilancia del buen estado de las arquetas</strong> cuya propiedad ostenta y que, por causas de mantenimiento de la línea,  debe vigilar también la no peligrosidad de las mismas para las  personas&#8221;.</p>
<p>Asimismo, el magistrado determina en la resolución, a la que tuvo  acceso Europa Press, que, de las pruebas practicadas, sobre todo por la  declaración de una testigo, la caída del hombre y las lesiones derivadas  &#8220;se produjeron&#8221;, y añade que <strong>no ha quedado acreditado que fuera la actitud de la víctima la que contribuyera a las secuelas </strong>o a más días de impedimento.</p>
<p>En este punto, añade que no acudió a la rehabilitación &#8220;por no haber  sido citado para ello&#8221; y, según una perito, dicho tratamiento  rehabilitador &#8220;hubiera calmado el dolor, pero no por sí mismo acorta el  periodo de curación&#8221;. Por tanto, concluye que &#8220;acreditado el evento, la  producción del daño y el nexo causal derivado de la culpa &#8216;in  vigilandi&#8217;, la demanda debe ser estimada&#8221;.</p>
<p>Fuente: <a title="elmundo" href="http://www.elmundo.es" target="_blank">El Mundo</a></p>
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		<title>Indemnización de casi 10.000 euros por caerse con una arqueta mal puesta</title>
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:21:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Caída en la calle]]></category>
		<category><![CDATA[accidente]]></category>
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		<category><![CDATA[indeminización]]></category>
		<category><![CDATA[manuel temboury]]></category>
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		<description><![CDATA[El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga ha estimado íntegramente la demanda que presentó un hombre en la que reclamaba a la empresa Sevillana de Electricidad el pago de casi 10.000 euros por las lesiones sufridas tras caerse con una arqueta que estaba mal colocada, propiedad de dicha compañía, cuando caminaba por una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga ha estimado íntegramente la demanda que presentó un hombre en la que reclamaba a la empresa <strong>Sevillana de Electricidad</strong> el pago de casi 10.000 euros por las <strong>lesiones </strong>sufridas tras caerse con una arqueta que estaba mal colocada, propiedad de dicha compañía, cuando caminaba por una calle de la capital malagueña.</p>
<p>El <strong>accidente </strong>ocurrió en septiembre de 2009. En la demanda, presentada bajo la dirección letrada del abogado<strong> Manuel Temboury</strong>, se explicaba que el perjudicado iba caminando por la calle Martínez de la Rosa, pisó la arqueta que se encontraba &#8220;mal colocada y se movía al pisarla&#8221;, cayendo al suelo y ocasionándose lesiones en el brazo, que tardaron en curar 58 días.</p>
<p>La compañía demandada alegó que las arquetas, pese a ser de su propiedad, no les corresponde el mantenimiento, &#8220;abonando una tasa por utilización privativa al Ayuntamiento&#8221;, añadiendo que no existe relación de causalidad y las <strong>lesiones </strong>y que el propio comportamiento del afectado &#8220;influyó en las secuelas resultantes&#8221;, según se señala en la sentencia.</p>
<p>Para el juez, &#8220;pese a que la demandada abone una tasa por la utilización privativa del dominio público y a que las facultades de policía las ostenten los ayuntamientos, no le exime de su deber de vigilancia del buen estado de las <strong>arquetas </strong>cuya propiedad ostenta y que, por causas de mantenimiento de la línea, debe vigilar también la no peligrosidad de las mismas para las personas&#8221;.</p>
<p>Asimismo, el magistrado determina en la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, que, de las pruebas practicadas, sobre todo por la declaración de una testigo, la <strong>caída </strong>del hombre y las lesiones derivadas &#8220;se produjeron&#8221;, y añade que no ha quedado acreditado que fuera la actitud de la víctima la que contribuyera a las secuelas o a más días de impedimento.</p>
<p>En este punto, añade que no acudió a la rehabilitación &#8220;por no haber sido citado para ello&#8221; y, según una perito, dicho tratamiento rehabilitador &#8220;hubiera calmado el dolor, pero no por sí mismo acorta el periodo de curación&#8221;. Por tanto, concluye que &#8220;acreditado el evento, la producción del daño y el nexo causal derivado de la culpa &#8216;in vigilandi&#8217;, la demanda debe ser estimada&#8221;.</p>
<p>Fuente: <a title="laopiniondemalaga" href="http://www.laopiniondemalaga.es" target="_blank">La Opinión de Málaga</a><br />
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		<pubDate>Fri, 12 Aug 2011 10:14:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Manuel</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p>El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Málaga ha estimado íntegramente la demanda que presentó un hombre en la que reclamaba a la empresa Sevillana de Electricidad el pago de casi 10.000 euros por las lesiones sufridas tras caerse con una arqueta que estaba mal colocada, propiedad de dicha compañía, cuando caminaba por una calle de la capital malagueña.</p>
<p>El accidente ocurrió en septiembre de 2009. En la demanda, presentada bajo la dirección letrada del abogado Manuel Temboury, se explicaba que el perjudicado iba caminando por la calle Martínez de la Rosa, pisó la arqueta que se encontraba &#8220;mal colocada y se movía al pisarla&#8221;, cayendo al suelo y ocasionándose lesiones en el brazo, que tardaron en curar 58 días.</p>
<p>La compañía demandada alegó que las arquetas, pese a ser de su propiedad, no les corresponde el mantenimiento, &#8220;abonando una tasa por utilización privativa al Ayuntamiento&#8221;, añadiendo que no existe relación de causalidad y las lesiones y que el propio comportamiento del afectado &#8220;influyó en las secuelas resultantes&#8221;, según se señala en la sentencia.</p>
<p>Para el juez, &#8220;pese a que la demandada abone una tasa por la utilización privativa del dominio público y a que las facultades de policía las ostenten los ayuntamientos, no le exime de su deber de vigilancia del buen estado de las arquetas cuya propiedad ostenta y que, por causas de mantenimiento de la línea, debe vigilar también la no peligrosidad de las mismas para las personas&#8221;.</p>
<p>Asimismo, el magistrado determina en la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, que, de las pruebas practicadas, sobre todo por la declaración de una testigo, la caída del hombre y las lesiones derivadas &#8220;se produjeron&#8221;, y añade que no ha quedado acreditado que fuera la actitud de la víctima la que contribuyera a las secuelas o a más días de impedimento.</p>
<p>En este punto, añade que no acudió a la rehabilitación &#8220;por no haber sido citado para ello&#8221; y, según una perito, dicho tratamiento rehabilitador &#8220;hubiera calmado el dolor, pero no por sí mismo acorta el periodo de curación&#8221;. Por tanto, concluye que &#8220;acreditado el evento, la producción del daño y el nexo causal derivado de la culpa &#8216;in vigilandi&#8217;, la demanda debe ser estimada&#8221;.</p>
<p>Fuente: <a title="europapress" href="http://www.europapress.es" target="_blank">Europa Press</a><br />
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<li><a href='http://temboury.es/abogado-malaga/consulta-online-de-myriam/' title='Consulta online de Myriam'>Consulta online de Myriam</a></li>
<li><a href='http://temboury.es/abogado-malaga/indemnizaran-a-una-mujer-que-se-lesiono-por-el-mal-estado-de-la-calle/' title='Indemnizarán a una mujer que se lesionó por el mal estado de la calle'>Indemnizarán a una mujer que se lesionó por el mal estado de la calle</a></li>
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