ago 12, 2011
Los familiares de una joven de 28 años fallecida en 2010 en Benalmádena cuando tenía un embarazo ectópico que no le fue detectado al acudir al Hospital de Alta Resolución de la localidad han solicitado una indemnización superior a 123.000 euros por una supuesta negligencia médica.
La representación del exnovio y los padres de la joven, que ejerce el abogado Manuel Temboury, ha formulado demanda de juicio ordinario contra la entidad Zurich, con la que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) tiene concertada una póliza de responsabilidad civil, documentación a la que ha tenido acceso Efe.
La mujer, de nacionalidad paraguaya y que trabajaba desde marzo de 2008 en España como cuidadora, acudió al mencionado hospital el 5 de septiembre de 2010 con dolor abdominal intenso y vómitos persistentes.
Comunicó que en 2003 había sufrido un embarazo ectópico que fue resuelto con aborto en su país de origen, según consta en el informe de urgencias.
En el centro se le realizaron varias pruebas, entre ellas una analítica y un test de embarazo en orina que resultó positivo, si bien no se le efectuaron pruebas complementarias como una ecografía, señala el letrado, que preside la Asociación de Abogados de Víctimas (ADEVI).
La joven fue dada de alta con el diagnóstico de infección urinaria, “poco compatible con la clínica de la paciente y en base a una analítica poco concluyente”, y falleció el 7 de septiembre en su domicilio por choque hipovolémico tras sufrir una rotura tubárica, indica el informe de autopsia.
En la demanda se destacan como deficiencias sanitarias por parte del SAS la falta de comunicación entre el facultativo de guardia y el servicio de Ginecología y de pruebas complementarias que hubieran detectado el problema, el error al diagnosticar infección de orina, y la actitud terapéutica inadecuada al darle el alta en dicho estado, con su historial.
Ante esta “sucesión de errores”, los demandantes piden una indemnización de 123.288,92 euros, de los que 105.676,22 euros corresponderían a la expareja de hecho de la fallecida y 8.806,35 euros a cada uno de los padres.
Temboury argumenta que la pareja tenía una relación consolidada, que iniciaron a mediados de 2008, estaba embarazada de él y convivían juntos.
Además, señala que aunque la cuantía de la indemnización se antoja escasa, tiene su límite legal en el decreto que regula el perjuicio por fallecidos en tráfico, que entiende que debe aplicarse de manera analógica a este supuesto.
Fuente: La Opinión de Málaga